¿Que hacer para visar?

 

Existen dos formas de visar: visado convencional.
visado electrónico.
En ambos casos, tanto la normativa de presentación como el importe del visado es el mismo. A continuación se refleja una breve explicación.
Las siguientes directrices simplemente son una extensión de lo reflejado en la Normativa acerca de los visados. Para obtener la normativa puedes descargártela de la Web de la Sede Central. Se recuerda que es necesaria una AUTORIZACIÓN POR ESCRITO, si no es propio colegiado el que efectua el visado en nuestras oficinas.

Presentación: Se ha establecido que de cada trabajo que se vaya a visar, ha de quedarse una copia en cada Delegación. Dicha copia ha de llevar:


-> Memoria Explicativa: Pequeña descripción del objeto del trabajo, indicando en todo caso el peticionario y el municipio donde se realiza.
-> Documentos Gráficos: Hace referencia a los planos, ortofotografías, fotografías, etc…
-> Debidamente encarpetado: No se aceptan trabajos que no estén protegidos mediante carpetas con el fin de que en el período que están almacenados no se estropeen.
-> Para las modificaciones de trabajos ya visados que conlleven un nuevo visado, tan sólo será necesario que se entreguen los elementos modificados dentro de una funda de plástico indicando a que visado hacen referencia.

El importe del visado está en función del importe del encargo. Esto es:
· 30 € para importes inferiores a 750 € y modificaciones.
· 4 % para importes superiores a 750 €.
Las formas de pago son:
-> Efectivo.
-> Tarjeta al contado (sólo Gran Canaria).
-> Cheque a nombre del C.O.I.T. en Topografía (sólo Gran Canaria).
-> Transferencia bancaria previa en alguna de nuestras cuentas.

 

Volver a la Página Principal atrás